Los vehículos tienen la velocidad máxima establecida según el tipo, pero ¿hay radares para furgonetas o camiones? ¿Pueden discriminar por tipo de vehículo para imponer una penalización según sus velocidades máximas? Resolvemos tus dudas.

Hasta hace unos años, los vehículos que tenían una velocidad máxima por debajo de la genérica se salvaban de ser cazados por los radares de la Dirección de Tráfico cuando superaban la velocidad máxima, pero no la genérica. Sin embargo, las cosas cambiaron en 2015, cuando la DGT decidió implementar radares específicos para furgonetas, camiones y autobuses. Desde entonces, cualquier vehículo que exceda sus propios límites de velocidad está sujeto a ser fotografiado y sancionado con la multa correspondiente.

La medida se implementó luego de notar que, en 2014, el número de muertes en accidentes viales tuvo una reducción neta con respecto al año anterior (específicamente, tres menos), sin embargo, el número de muertes por vehículo aumentó (más 45 muertes) o camiones. (más 5). Ante estos datos, la DGT, en colaboración con la Dirección General de Transporte Terrestre – perteneciente al Ministerio de Fomento – comenzó a elaborar un plan estratégico para reducir la siniestralidad de este tipo de vehículos.

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Una de las medidas de ese plan fue implementar radares que pudieron discriminar por tipo de vehículo y establecer multas en función de su límite de velocidad específico.

¿Cómo funcionan los radares para furgonetas, camiones y autobuses?

radar fijo

https://bit.ly/2M5rsvI

Desde 2015, todos los radares, tanto láser como de ondas, así como fijos o móviles, son capaces de detectar el tamaño de un vehículo, lee tu matrícula y, cruzando los datos con los registros de la DGT, puedes catalogar el tipo de vehículo.

Si, por ejemplo, el vehículo aparece como una furgoneta, el radar saltará de acuerdo con el límite de furgonetas definido. Lo mismo con autobuses o camiones, aplicando la sanción específica en cada caso.

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¿Qué tan rápido saltan los radares?

Carretera con diferentes vehículos.

https://bit.ly/2p5RTbs

Como explicó la Guardia Civil en su cuenta de Twitter, es posible saber a qué velocidad real se dispara un radar aplicando la regla del siete, es decir, sumando 7 kilómetros por hora a la velocidad máxima establecida para la carretera en la que se encuentra. circulando, siempre que el límite no supere los 100.

Por ejemplo, sobre autopista o autopistaLos autobuses adaptables y los vehículos mixtos deben circular a 100 kilómetros por hora, por lo que el radar se activa cuando pasan a 108; mientras que los camiones, tractores, furgonetas, cuyo límite es de 90, saltarán el radar cuando viajen a 98 kilómetros por hora.

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En la carretera, el radar para autobuses adaptativos y vehículos mixtos se activará cuando circulen a 98 (su límite máximo es de 90 kilómetros por hora), aunque es necesario recordar que en el caso de pasajeros de pie que viajen en autobuses, o vehículos derivados de peligrosos mercancías de transporte turístico, la velocidad máxima se reduce a 80 kilómetros por hora.

En el caso de camiones, tractores, furgonetas y vehículos de carretera articulados, cuya velocidad máxima es de 80 kilómetros por hora, el radar se activará cuando viajen a 88.

Si tienes dudas sobre el tipo de vehículo que tienes y por tanto los límites de velocidad debes utilizarlo, Verifique en la tarjeta ITV el nombre que aparece en el código CL (Clasificación de vehículos). Si ha sometido su vehículo a alguna reparación, debe notificarlo a la DGT.

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